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ACTUALIDAD
6 de octubre de 2022
Un grupo de vecinos presentó un amparo colectivo ante el TSJ por considerar que el Ejecutivo Municipal no cumplió el procedimiento administrativo requerido para poner en marcha el servicio y que el contrato de concesión no fue enviado al Concejo para su aprobación. Se pidió una medida de no innovar para suspender el cobro del estacionamiento. El municipio ya anunció que el servicio arranca el martes.
Un grupo de vecinos de la ciudad Capital presentó una acción judicial de amparo contra el municipio de la Capital en la que se solicita que se declare la nulidad del contrato de concesión firmado entre la comuna y la empresa Estacionalo, adjudicataria del servicio de estacionamiento medido.
La presentación fue realizada ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), a días de que se ponga en marcha el servicio ya que la comuna anunció que el estacionamiento medido y pago comenzará el próximo martes.
Para fundamentar la medida solicitada se argumenta que el Ejecutivo Municipal no cumplió con los procedimientos administrativos requeridos y establecidos en la Ley Orgánica Municipal para que pueda entrar en vigencia el contrato de concesión y que la empresa Estacionalo pueda comenzar a cobrar por el servicio. «Solicitamos se declare la nulidad del contrato de concesión efectuado con la empresa, de la cual se desconocen los datos en su totalidad dada la falta de publicidad y de realización del respectivo procedimiento de selección y adjudicación de la respectiva concesión»
La medida presentada es un amparo colectivo y allí se pide al máximo órgano judicial de la provincia que se declare la revocación del contrato de concesión por considerar que la comuna incurre en «ilegitimidad e ilegalidad arbitraria del acto administrativo» por el cual se concesiona el servicio de estacionamiento medido.Además se solicita, con carácter de urgente, una medida de no innovar tendiente a suspender el cobro de los importes correspondientes al estacionamiento medido hastatanto haya un pronunciamiento del órgano judicial respecto de esta presentación.
A su vez, en el escrito se sostiene que el acto administrativo realizado por el Ejecutivo municipal -la concesión del servicio a Estacionalo- «imposibilita la función nata del Concejo Deliberante como órgano de contralor y cogobierno, a través de la toma de conocimiento del mismo, debiendo prestar acuerdo mediante sesión ordinaria sobre la aprobación del contrato con la empresa seleccionada».
En este punto, se pone como ejemplo que en 2017 en el caso de la anterior concesionaria -la empresa EYCON- si fue enviado el contrato al Concejo y que fue aprobado por ordenanza. «De no suspenderse los efectos del contrato, a todos los usuarios del servicio del estacionamiento se les aplicará una tarifa ilegal por haberse realizado en violación del orden jurídico en un claro avasallamiento de sus derechos constitucionales», se agrega.
En tanto, el concejal de la oposición, Diego Narváez se refirió al tema y dijo que en la puesta en marcha del servicio «no se han cumplimentado los pasos correspondientes no solo para autorizar sino para aprobar la concesión del servicio».
«La Ley Orgánica Transitoria establece los deberes y atribuciones de los concejales y también del Ejecutivo Municipal. Allí se establece que todos los convenios y empréstitos que firme o tome el Ejecutivo se deben autorizar por el Concejo y luego el cuerpo lo debe aprobar. El contrato no se elevó al cuerpo para ser aprobado por lo tanto hoy tenemos un estacionamiento medido que no está aprobado por el Concejo», sostuvo el edil del PJ.