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6 de junio de 2024

El Gobierno modificó el mecanismo para garantizarles el suministro de luz a electrodependientes.

El Gobierno les otorgó a las distribuidoras eléctricas más tiempo para instalar Fuentes de Energías Alternativas. El ENRE aclaró que la atención ante eventuales cortes "sigue siendo inmediato y prioritario".

El gobierno de Javier Milei modificó este jueves el mecanismo por el cual garantizaba a los electrodependientes el acceso a la energía eléctrica por medio de una Fuente Alternativa de Energía (FAE), en caso de un corte, que ahora deberán esperar un poco más para acceder a ella y cuya obra de adecuación para la instalación sólo será gratuita para los usuarios N2, de menores ingresos. 

Desde el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aclararon sin embargo a este medio que la atención ante un eventual corte del suministro energético "sigue siendo inmediato y prioritario".

Así quedó plasmado en las Resoluciones 329/2024 y 330/2024 publicadas hoy en el Boletín Oficial con la firma el interventor del ENRE, Dario Oscar Arrué.

En la primera de esas resoluciones el Gobierno otorga más tiempo a las distribuidoras eléctricas para responder ante el pedido de la falta de suministro eléctrico. Hasta hoy Edenor y Edesur tenían 48 horas para instalar una FAE una vez solicitada por un usuario electrodependiente. Estas 48 horas eran contadas a partir del momento en que se realizaba el pedido.

Ahora el gobierno les otorgó a las empresas distribuidoras hasta dos días hábiles contados desde el día siguiente en que se efectuó el pedido.

Aunque el servicio eléctrico para los electrodependientes sigue siendo gratuito, dejó ahora de ser gratuita la obra de adecuación para la instalación de una FAE para aquellos hogares con ingresos superiores a una Canasta Básica. Es decir que en aquellos hogares con ingresos superiores a 828 mil pesos (valor de la Canasta Básica en mayo pasado), el costo de adecuación de la infraestructura para la instalación de una FAE correrá por cuenta de los usuarios.

En tanto, en la Resolución 330/2024 se dispuso la derogación de las Resoluciones 97/2021; 254/ 2023 y 472/2023. De esta manera se eliminó el registro que llevaba el ENRE de cada uno de los pedidos que recibían las compañías distribuidoras para instalar una FAE. Dichos pedidos deben, a partir de hoy, tramitarse directamente con la compañía que presta el servicio eléctrico.

Los cambios en el esquema se da en el marco de la alerta que emitió la semana pasada la Asociación Argentina de Electrodependientes (AAdED) que había advertido que el gobierno de Milei estaba preparando el terreno para eliminar el registro de electrodependientes.

En diálogo con Tiempo Argentino Mauro Stefanizzi, presidente de la AAdED, alertó sobre el aumento de rechazos en las renovaciones, que se hacen cada dos años, del registro para electrodependientes que lleva adelante el ministerio de Salud de la Nación.

"Se están rechazando a numerosos electrodependientes que utilizan respiradores (CPAP) con el argumento de que estos dispositivos 'poseen una batería externa'. Esto no solo contraviene la ley, sino que además pone en peligro vidas, ya que frecuentemente esas baterías se encuentran completamente descargadas", alertó Stefanizzi.

Y siguió: y si estas personas, aunque estén conectadas durante 12 horas al día, no pueden costear la factura debido a los aumentos tarifarios, también corren riesgos, ya que esto podría traducirse en cortes de luz, explica. Esta condición ha generado inquietud en las familias, exacerbada por la falta de atención presencial en el Ministerio de Salud. La denuncia de la asociación sobre este tema no ha obtenido una respuesta satisfactoria".

Stefanizzi alertó además sobre los fuertes aumentos en el servicio eléctrico de hasta un 300% para aquellos que no estén inscritos o no sean aceptados en el registro de electrodependientes.

Quiénes pueden solicitar una FAE

Para solicitar una FAE se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • El usuario solicitante debe estar inscripto, no sólo en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud, sino también en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y además debe estar encuadrado en el segmento de menores ingresos (N2) o en el segmento equivalente del esquema que eventualmente reemplace el esquema vigente.
  • Debe informar un domicilio electrónico constituido en una casilla de correo electrónico para ser notificado por la distribuidora, así como un número de celular o teléfono fijo de contacto.
  • Toda notificación enviada a la dirección electrónica indicada por el usuario será considerada fehaciente a los efectos procedimentales.
  • Deberá presentar un escrito –con carácter de declaración jurada– que consigne la patología padecida y las características técnicas del aparato de electromedicina requerido.
  • El usuario electrodependiente debe presentar, si la distribuidora se lo exige, un escrito del propietario de la vivienda –en caso de alquilar– y/o del consorcio de copropietarios –en caso de habitar un inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal– que autorice la ejecución de los trabajos de adecuación necesaria para la conexión de una FAE. El usuario deberá acompañar esta autorización con una copia del contrato de locación y/o del informe de dominio del inmueble.

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