La Justicia aceptó el pedido de ATE y CTA para que declare de "Nulidad absoluta" al DNU de desregulación económica.
Esteban Furnari, a cargo del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal número 2, aceptó la presentación de ATE y la CTA, junto al Observatorio de del Derecho a la Ciudad, que solicita la declaración de inconstitucionalidad de la medida del Gobierno de Javier Milei.
1°) Admitir que la presente *acción tramite como amparo colectivo* en
los términos del artículo 43 C.N.
2°) Ordenar su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos de
conformidad con lo previsto en el punto III de la acordada CSJN 12/2016, a
cuyo fin cabe precisar –según lo indicado en el punto V del mismo
dispositivo- que:
(a) El colectivo está integrado por todos los habitantes alcanzados
por y/o sujetos al DNU 70/2023 que afirmen su inconstitucionalidad con
base en que –aunque no exclusivamente- fue dictado en violación del artículo
99 inciso 3° de la Constitución Nacional y de las demás normas y principios
federales que regulan la sanción de normas de sustancia legislativa a nivel
nacional.
(b) El objeto de la pretensión es la declaración de
inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 70/2023 y del
artículo 24 de la ley 26.122.
(c) El sujeto demandado es el Poder Ejecutivo Nacional (PEN
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