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EDUCACIÃ’N

10 de agosto de 2026

Cambios en las jubilaciones docentes y administrativas: claves del trámite, moratorias y la nueva normativa provincial

La Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación aclaró cómo funcionan los procesos para el cese laboral y la jubilación bajo la Ley 24.016, además de los cambios legislativos recientes que afectan al personal administrativo y de servicios generales.

En el marco de la actualización de los procedimientos administrativos para el trámite de jubilaciones en el ámbito educativo, María Arce, directora general de Recursos Humanos del Ministerio de Educación provincial, brindó detalles precisos sobre cómo deben gestionar su retiro tanto los docentes como el personal no docente de la provincia. Uno de los puntos centrales expresados por la funcionaria radica en el cese de una modalidad de pago que funcionaba bajo la normativa anterior. "A diferencia de la ley anterior que rige hasta marzo de este año, que podía el docente jubilarse y en ese transcurrir de la jubilación podía pagar sus años faltantes por recibo, hoy eso no está vigente", advirtió Arce, aunque aclaró que "sí están vigentes dos moratorias que son previas" para atender la situación de quienes necesiten regularizar sus aportes. Respecto al marco legal que ampara al sector, la directora remarcó que "el docente tiene un régimen especial por el que se jubila, que es la Ley 24.016", normativa en la que existen exigencias específicas que deben cumplirse de manera estricta. Entre los requisitos indispensables, detalló que se exige "en la edad de la mujer 57 años, el hombre 60", mientras que en cuanto a los años de aporte se requieren «25 años de servicio en caso de que tengan los 10 años frente al aula«, o bien "30 años de servicio en ambos casos" para aquellos que no reúnan ese tiempo en la docencia directa. Para iniciar la gestión jubilatoria, el Ministerio habilitó un circuito que comienza de forma remota para la recolección de legajos y continúa de manera interna. "Los docentes se comunican de manera virtual con nosotros y vamos dando la información sobre la documentación que necesitan presentar a razón de poder generar un expediente", explicó la funcionaria. Una vez que este trámite completa su recorrido por las distintas áreas involucradas y se cumplimenta con todo lo requerido por la ANSES, "llamamos al docente y le decimos que ya tiene todo listo como para que pueda sacar el turno e ir a empezar la gestión como corresponde ya en el ANSES". Por otro lado, la funcionaria informó a la comunidad sobre la reciente Ley Provincial N.º 10.857, aprobada en la Cámara Legislativa y puesta en marcha a partir de febrero de 2026. Esta norma introdujo una modificatoria para facultar "a cada Ministerio de Educación, en este caso a través de la Dirección de Recursos Humanos, a dar la baja también a sus administrativos o servicios generales", por lo que estos agentes "cada vez que soliciten la baja, deben solicitarla por Recursos Humanos". Sobre la modalidad del trámite para este sector, concluyó que "también este trámite lo pueden hacer de manera virtual en cuanto a la información, pero en este caso sí deberán venir presencialmente en razón a alguna documentación que no le podemos receptar de manera virtual".

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